Gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno Silva ejerce violencia institucional contra mujeres embarazadas

por | 25/04/2023

Compartir esta nota:

La administración de la gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno Silva, ejerce constantemente violencia institucional contra mujeres embarazadas, a quienes les niegan el goce y ejercicio de los derechos humanos primordiales, como el acceso a la salud.

De acuerdo con dos recomendaciones de la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima, enviadas a la Subsecretaria de Movilidad y del Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado (INSUVI), se les demostró que ejercieron sistemáticamente violencia institucional contra dos servidoras públicas, basada en su condición de ser mujer embarazada.

A decir del Roberto Ramírez, presidente Comisión Derechos Humanos de Colima (CDHEC) en el periodo que lleva como titular del poder ejecutivo Vizcaíno Silva, la Comisión de Derechos Humanos Estatal, ha emitido 8 recomendaciones a su administración; de las cuales 4 fueron aceptadas y 4 no fueron aceptadas.

Las recomendaciones que no han sido aceptadas son: 05/2022-Secretaría de Salud.  Negligencia médica; 07/2022- secretaria de Salud. Prestación indebida del servicio; 11/2022- Subsecretaria de Movilidad. Despedido a mujer embarazada; 12/2022-Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado (INSUVI). Despido a mujer embarazada.

Nosotros tenemos dos recomendaciones que emitimos el gobierno del Estado en el año 2022, por el despido de dos mujeres embarazadas con 30 semanas de embarazo, a criterio de la Suprema Corte de Justicia de la Nación en donde consideran que el despido de una mujer en estado de gravidez, pues es un asunto de discriminación, las mujeres fueron separadas de su actividad laboral en embarazo y desde luego este es un tipo de violencia que se genera en contra de las mujeres apertura amos el expediente nosotros porque directamente vinieron a presentar la queja, lo integramos estaban todos los elementos debidamente acreditados, donde se generó violencia en contra de la mujer y la Comisión de derechos humanos emitimos esta recomendación”, aseguró Roberto Ramírez.

Una de ellas, es la recomendación 11/2022, dirigida a la Subsecretaría de Movilidad del Estado, por vulnerar los derechos de una ciudadana al ser despedida a pesar de ser trabajadora de base y encontrarse embarazada, por lo que al quedarse sin trabajo dejó de contar con los servicios médicos y seguridad social para ella y su bebé.

Al realizar las investigaciones correspondientes del expediente, el Organismo Defensor, determinó que la autoridad señalada vulneró los derechos a la seguridad jurídica, a la seguridad social, a la igualdad y no discriminación, a una vida libre de violencias contra las mujeres, así como los derechos a la salud y a la vida, de la ciudadana y su bebé.

Una vez referidos los fundamentos legales a nivel local, nacional e internacional en relación a los Derechos Humanos vulnerados en el presente asunto de queja y con las pruebas allegadas al expediente.

El titular de la CDHEC, señaló que resulta alarmante la falta de sensibilización, capacitación y profesionalización del personal de Gobierno del Estado de Colima y la SUBSEMOV.

Puesto que de acuerdo a las normas internacionales en materia de derechos humanos.

Las y los servidores públicos deben conocer y aplicar los temas de perspectiva de género.

Derechos humanos de las mujeres y prevención de la violencia contra las mujeres.

De ahí que las autoridades deben realizar con debida diligencia los procesos en razón de género.

Una que fue la subsecretaría de movilidad, se inconformaron en contra de la recomendación emitida y estamos pendientes de resolver esa inconformidad, porque desde luego la recomendación está bien sustentada, no puede ser posible que despidas a una mujer con 30 semanas embarazo ya leyes que no tenías conocimiento de ello”.

La recomendación más reciente, es la 12/2022, dirigida al Instituto de Suelo, Urbanización y Vivienda del Estado de Colima.

Roberto Ramírez destacó que la Comisión que encabeza, considera que, al no reconocerse la calidad de trabajador de base sindicalizada a la hoy quejosa.

Se estaría ocasionando un perjuicio a su dignidad humana.

Porque ella tenía reconocido un derecho laboral que le daba la estabilidad en el empleo.

Al verse trasgredida en ello, esta situación le causa una incertidumbre jurídica, laboral y económica de la persona, máxime que se encontraba embarazada.

Además, se demostró que la ciudadana se encontraba embarazada el día de los hechos.

La autoridad señalada trató de demostrar que el despido había derivado de otra cuestión.

Aunque no coindicen los argumentos con la situación de la quejosa, en conclusión.

Se demuestra una violación al derecho de igualdad y no discriminación, de parte de las autoridades.

Por la omisión de otorgar protección a los derechos humanos, basados en la condición de maternidad de la quejosa.

En la otra recomendación que emitimos que fue al Instituto de la vivienda, ellos solicitaron una prórroga porque están en vías de cumplimiento, no le han aceptado, pero dicen que tiene la voluntad de cumplir con la recomendación y están en vías de cumplir con los puntos recomienda Torio es que emitimos el organismo”.

Ante la negación de aceptar las dos recomendaciones, la Comisión de Derechos Humanos del Estado de Colima.

Urbanización y Vivienda para que jurídicamente, cuál es el sustento que ellos consideran válido para violentar el derecho de las personas.

El paso que sigue es remitir al congreso del Estado para que existen a los funcionarios responsables a que justifiquen su actuar, porque ellos primeramente actuaron violando los derechos humanos y por qué no están actuando la recomendación que emite la Comisión de derechos humanos, jurídicamente cuál es el sustento que ellos consideran válido para violentar el derecho de las personas”, enfatizó el titular de la CDHEC.

Las dos dependencias de la administración de la gobernadora de Colima, Indira Vizcaíno Silva.

Deben de cumplir diversos puntos de la recomendación que van desde la reinstalación en el puesto de las dos servidoras públicas, reparación del daño.

Además de otorgar una compensación evaluable y acreditable por el daño causado a las ciudadanas conforme al procedimiento que marca la misma Ley.

Atención médica y psicológica y sobre todo la investigación para presentar responsabilidades administrativas o judiciales contra quienes decidieron el despido.

0 comentarios

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Información básica sobre protección de datos Ver más

  • Responsable: ContravíaMX.
  • Finalidad:  Moderar los comentarios.
  • Legitimación:  Por consentimiento del interesado.
  • Destinatarios y encargados de tratamiento:  No se ceden o comunican datos a terceros para prestar este servicio. El Titular ha contratado los servicios de alojamiento web a Hostinger que actúa como encargado de tratamiento.
  • Derechos: Acceder, rectificar y suprimir los datos.

Articulos relacionados

Esta web utiliza cookies propias y de terceros para su correcto funcionamiento y para fines analíticos y para mostrarte publicidad relacionada con sus preferencias en base a un perfil elaborado a partir de tus hábitos de navegación. Contiene enlaces a sitios web de terceros con políticas de privacidad ajenas que podrás aceptar o no cuando accedas a ellos. Al hacer clic en el botón Aceptar, acepta el uso de estas tecnologías y el procesamiento de tus datos para estos propósitos. Más información
Privacidad