En una sesión histórica, la Cámara de Diputados aprobó con 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones un proyecto de reformas destinado a tipificar y sancionar las prácticas conocidas como ‘terapias de conversión’.
Esta iniciativa busca imponer penas de dos a seis años de prisión a aquellos que realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien tratamientos o prácticas destinadas a suprimir la orientación sexual o la identidad de género de una persona.
El proyecto también contempla penas más severas para aquellos que dirijan estas prácticas hacia menores de 18 años, adultos mayores o personas con discapacidades.
En los casos en que los perpetradores sean padres, madres o tutores de la víctima, el castigo podría ser una amonestación o apercibimiento, a criterio del juez.
Este proyecto, aprobado previamente por la Cámara de Senadores, tiene como objetivo proteger los derechos y la integridad de las personas LGBT+ ante intervenciones que varios organismos de salud y derechos humanos consideran carentes de base médica y perjudiciales para la salud y los derechos humanos.
Además, como parte de esta iniciativa, se incorporará un artículo a la Ley General de Salud para sancionar con suspensión por hasta tres años, o incluso la cancelación definitiva de la cédula profesional, a médicos, técnicos o auxiliares de disciplinas de la salud que practiquen estas terapias.
Sin embargo, la aprobación de este proyecto no estuvo exenta de controversia. Diputadas de diversos partidos, incluyendo Morena, PRI y Movimiento Ciudadano, solicitaron discutir y votar sobre el dictamen.
Teresa Castell, diputada del PAN, argumentó que esta reforma limita la libertad de los padres para educar a sus hijos según los valores tradicionales de la familia. Castell expresó su preocupación por la posible criminalización de los padres, profesionales de la salud y ministros de culto que participen en estas prácticas.
Ley Contra las ‘Terapias de Conversión’
Las ‘terapias de conversión’, que son intervenciones destinadas a cambiar la orientación sexual o la identidad de género de una persona, han recibido amplia condena por parte de organizaciones de salud y derechos humanos.
Desde 2012, la Organización Panamericana de la Salud (OPS) ha advertido que no hay justificación médica para estas prácticas, mientras que la Asociación Mundial de Psiquiatría ha afirmado que no hay evidencia científica sólida respaldando la idea de que la orientación sexual innata pueda modificarse.
La aprobación de este proyecto marca un paso significativo hacia la protección de los derechos y la salud de las personas LGBT+ en el país, así como un claro mensaje sobre la inaceptabilidad de las ‘terapias de conversión’ en la sociedad actual.
Ley Contra las ‘Terapias de Conversión’







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